Un juzgado de A Coruña ha condenado al Servizo Galego de Saúde (Sergas) a pagar 3.000 euros a una médica por los daños y perjuicios causados al verse obligada a realizar guardias durante la lactancia, pese a haber solicitado su exención. La sentencia, que todavía no es firme, recoge que el Sergas incumplió la Ley de Prevención de Riesgos Laborales y que existe una generalidad que debe ser específicamente valorada. El Colegio Oficial de Médicos de la Provincia de A Coruña presentó la demanda y recuerda que existen sentencias anteriores del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia que analizan la relación entre la lactancia materna exclusiva y la realización de guardias de diecisiete y veinticuatro horas. Estas sentencias establecen que existe un riesgo específico para la madre y el hijo lactante, que influye negativamente en ambos. El Sergas debe adaptar las condiciones del tiempo de trabajo de la afectada para evitar este tipo de situaciones.