
La Agencia Tributaria informa que se puede desgravar 150 euros por el cuidado de una persona dependiente en el régimen general, siempre que se cumplan ciertos requisitos, como que la persona dependiente conviva con el contribuyente al menos el 50% del período impositivo y no tenga rentas anuales superiores a 8.000 euros. La deducción se duplica a 300 euros en el régimen de fiscalidad diferenciada, para contribuyentes que residan en asentamientos rurales con alto riesgo o extremo de despoblación.