Desde abril de 2025, el Estatuto de los Trabajadores incluye un cambio que permite a los empleados solicitar judicialmente la extinción de su contrato con derecho a indemnización y prestación por desempleo si la empresa acumula tres nóminas impagadas o mantiene retrasos en el pago durante seis meses. Esto supone un cambio respecto a la normativa anterior, que requería tres nóminas consecutivas impagadas y una paga extra. La medida busca proteger a los trabajadores frente a incumplimientos salariales graves y situaciones de indefensión laboral prolongadas. El procedimiento debe realizarse ante un juez y requiere la presentación de documentos que demuestren los incumplimientos, como nóminas impagadas, justificantes de retrasos y extractos bancarios. Si el juez declara la extinción, el empleado recibe una indemnización equivalente al despido improcedente y puede solicitar la prestación por desempleo en el SEPE.