El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha anulado dos apartados de la Directiva de salarios mínimos que fijaban condiciones para la actualización en todos los países. La medida no afecta al decreto que prepara el Ministerio de Trabajo. La Directiva establecía que los criterios de subida de los salarios mínimos se deben establecer de forma clara, teniendo en cuenta el poder adquisitivo, la cuantía general de los salarios y su distribución, la tasa de crecimiento de los salarios y los niveles y la evolución de la productividad nacional a largo plazo. El TJUE ha refutado la posibilidad de que los Estados miembros utilicen un mecanismo automático de ajuste de indexación de los salarios mínimos legales. El Ministerio de Trabajo ha asegurado que la sentencia se alinea con el planteamiento impulsado por España y que la Directiva está teniendo un impacto relevante en el aumento de salarios mínimos en la UE. El real decreto de revalorización para 2026 incluye la prohibición de la absorción del incremento a través de los pluses y la perpetuación de la Comisión Asesora como órgano colegiado para la recomendación de la subida anual. La CEOE ha reconocido que el fallo no tiene un impacto directo sobre la negociación en vigor en España, pero ha avisado de que la transposición de la directiva no puede ser aprovechada por el Ministerio de Trabajo para introducir cambios de calado.