El Tribunal Administrativo de Contratos de Madrid ha dictado una resolución que impide excluir de una licitación a empresas que estén en plazo de registrar su plan de igualdad. La normativa laboral establece que todas las empresas que superan los 50 empleados disponen de un periodo de 15 meses para negociar, aprobar e inscribir su plan de igualdad. Sin embargo, en el marco de la contratación pública se venía imponiendo una interpretación más rígida. La resolución del Tribunal Administrativo de Contratación Pública de la Comunidad de Madrid clarifica la cuestión y aclara que no procede excluir a una empresa que todavía se encuentra dentro de este plazo legal de 15 meses para completar la inscripción. Esto supone un punto de inflexión en una cuestión que venía generando inseguridad jurídica en torno a los contratos públicos. La empresa afectada había presentado su plan de igualdad a inscripción antes de plantear la oferta, aunque el registro aún no se había completado. El Tribunal Administrativo concluye que la obligación no puede exigirse antes de que finalice el periodo legal de negociación y tramitación. La resolución puede convertirse en un balón de oxígeno para cientos de compañías, especialmente medianas, que acaban de superar el umbral de los 50 empleados y se encuentran en pleno proceso de negociación de su plan de igualdad.