El Tribunal Económico-Administrativo Central (TEAC) emitió una resolución el 17 de julio que aclara cómo deben las empresas aplicar las deducciones por invertir en Investigación y Desarrollo. Esta resolución aplica el criterio establecido por el Tribunal Supremo en 2024, que establece que para deducciones por I+D en el Impuesto sobre Sociedades ejecutadas en 2020 o años anteriores, Hacienda seguirá aceptando las deducciones aunque no se hubieran declarado o corregido entonces. Sin embargo, para deducciones realizadas desde 2021, es obligatorio declarar la deducción en el año que se generó o rectificar los posibles errores. La nueva doctrina supone un alivio para las empresas con deducciones anteriores a 2020 todavía pendientes, ya que no tendrán que corregir sus declaraciones. El Supremo reafirmó en 2024 el carácter vinculante para Hacienda del Informe Motivado Vinculante, emitido por el Ministerio de Ciencia e Innovación, que es considerado suficiente para acreditar que la inversión está efectivamente destinada a investigación y desarrollo.