El Tribunal Supremo ha dictado una sentencia que aclaró cómo se debe aplicar la reducción fiscal por parentesco cuando el heredero original renuncia a su parte y la herencia pasa a un beneficiario de reserva. Un menor, nieto de la causante, heredó unos bienes después de que su padre renunciara a ellos de forma gratuita. La Administración Tributaria de Asturias le liquidó el impuesto aplicándole el parentesco de su padre, resultando en un cargo de 29.792,70 euros. El Supremo resolvió la disputa entre las normas de renuncia y las normas de sustitución, estableciendo que el impuesto se calcula siempre mirando el parentesco del beneficiario final, el sustituto, con el fallecido. La sentencia anula la liquidación tributaria, confirmando que el sustituto hereda directamente al causante y no se aplica la regla que obliga a usar el parentesco del renunciante para empeorar el cálculo fiscal. El nieto, menor de 21 años, pertenece al Grupo I, que ofrece la mayor reducción fiscal.