A partir del 1 de enero de 2026, las entidades financieras deberán presentar una declaración informativa anual a Hacienda sobre los movimientos de tarjetas que superen los 25.000 euros anuales. Esto se aplica a todos los cobros realizados con tarjeta, tanto en establecimientos físicos como online, y a través de plataformas vinculadas a números telefónicos. La normativa establece diferencias entre uso empresarial y particular, pero en ambos casos las entidades deben notificar movimientos superiores a 25.000 euros anuales. Para los autónomos y empresas, cualquier pago deberá ser informado a la Agencia Tributaria, mientras que para los consumidores particulares, solo aquellos con un gasto anual elevado estarán sujetos a este control fiscal más exhaustivo. La información notificada incluirá datos identificativos de los titulares, número de tarjeta, número de abonos y cargos, y identificación de la cuenta vinculada. El Real Decreto 253/2025 introduce esta modificación normativa para detectar posibles fraudes y asegurar la transparencia de los movimientos de capital.