Una empresa extranjera que quiera contratar a alguien con residencia fiscal en España y que vaya a trabajar en remoto desde el país, debe cumplir exactamente las mismas obligaciones y requisitos fiscales que si la contrata para acudir a diario a un lugar de trabajo físico. El problema es que no todas pueden asumir ese coste adicional. La legislación española e internacional no hace distinciones entre contratación en remoto o presencial. Una empresa extranjera necesita estar registrada en la Seguridad Social para pagar las cotizaciones, y tener un Número de Identificación Fiscal. El uso de intermediarios como Deel o Remote incrementa entre un 10% y un 20% la factura de los costes laborales. El CEO de Vercel señaló que para contratar a una sola persona en España y en remoto, necesitan cumplir con los mismos requisitos que para contratar a 1.000 empleados.