El Tribunal Supremo ha emitido una sentencia que redefine las reglas para la inspección y sanción de profesionales que utilizan sociedades interpuestas para facturar sus servicios. La sentencia, fechada el 22 de octubre de 2025, establece criterios más precisos para el cálculo de las multas en casos de simulación y blinda el derecho fundamental a la presunción de inocencia del contribuyente. La principal novedad se centra en cómo debe calcularse la sanción que se impone al socio, solo será necesario aplicar una compensación en la base de la sanción si la Administración Tributaria no ha realizado una doble regularización. El Supremo se apoya en la doctrina del Tribunal Europeo de Derechos Humanos para fortalecer las garantías del contribuyente, estableciendo que la Administración no puede limitarse a describir la estructura societaria para imponer una sanción de forma automática. La sentencia también clarifica la interacción entre los procedimientos administrativos sancionadores y los procesos penales por delito fiscal, determinando que no se vulnera el principio non bis in idem si las actuaciones abarcan ejercicios fiscales distintos.