La Dirección General de Tráfico (DGT) establece que las infracciones leves prescriben a los tres meses, mientras que las graves y muy graves lo hacen a los seis meses desde que se produjeron los hechos. El Reglamento de procedimiento sancionador establece que la Administración dispone de un año para resolver el expediente sancionador desde su inicio. Si el conductor recibe una notificación fuera de plazo, puede presentar una alegación por defecto de forma en un plazo de 20 días naturales. La DGT ofrece varios canales de notificación, como el Tablón Edictal Único (TEU) del BOE y la aplicación miDGT, para evitar notificaciones fallidas. El ciudadano debe revisar la fecha de los hechos y la de notificación, y si se supera el plazo legal, presentar alegaciones para que se declare nula. La normativa es clara: las infracciones prescriben a los tres o seis meses según su gravedad, y el procedimiento caduca al año.