España cuenta con doce millones y medio de perros censados, según la Fundación Affinity. Solo el 5% de los pisos en alquiler aceptan mascotas, según un informe de Fotocasa. La Ley 29/1994, del 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos, establece que los arrendamientos de vivienda se regirán por los pactos, cláusulas y condiciones determinados por la voluntad de los implicados. La Ley de Propiedad Horizontal, Ley 49/1960, del 21 de julio, indica que ni los vecinos ni los estatutos de la comunidad de propietarios pueden prohibir la tenencia de animales en los pisos alquilados del edificio. El artículo 7 de la Ley de Propiedad Horizontal establece que las competencias de la comunidad se limitan a las zonas comunes del edificio y no se aplican al ámbito privado de propiedad de cada inmueble. La única excepción la puede poner el propietario.