Una empleada de Mercadona con más de 20 años de antigüedad fue despedida después de que la empresa contrató a una agencia de detectives para vigilar sus actividades mientras estaba de baja médica por ansiedad. La empresa alegó que la empleada había incumplido su deber de cuidarse al ir a la peluquería, llevar pulseras y hacer compras. Sin embargo, el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) dictaminó que estas actividades no eran motivo suficiente para un despido disciplinario. La sentencia destacó que la empresa había vulnerado el derecho a la no discriminación por discapacidad y a la garantía de indemnidad. La empleada había denunciado deficiencias en la prevención de riesgos laborales antes de su baja médica. El TSJCyL condenó a Mercadona a readmitir a la trabajadora en su puesto de trabajo y a pagarle los salarios atrasados, a razón de 2.089,58 euros mensuales, y una indemnización de 7.500 euros por daños y perjuicios. La baja médica se inició en agosto de 2023 y la sentencia se dictó después de que la empleada recurriera la decisión inicial del Juzgado de lo Social nº1 de León que dio la razón a Mercadona.