La colocación de un árbol en el jardín del vecino puede generar disputas si cae o invade la parcela de otro. El artículo 591 del Código Civil establece que los árboles altos deben plantarse a 2 metros de la línea divisoria, y los arbustos o árboles bajos a 50 centímetros. Si un vecino incumple esta obligación, la ley permite pedir el arranque de los árboles. El artículo 592 del Código Civil también establece que el dueño de una propiedad puede reclamar que se corten las ramas o raíces que invadan su propiedad. En caso de caída de un árbol, la responsabilidad depende de si el suceso fue evitable o inevitable. Si la caída era evitable, el responsable es el propietario, pero si era inevitable, la aseguradora del dueño del árbol suele ser responsable. Pete Piotrowski, jefe de siniestros de Hippo, explica que si un árbol cae debido a un riesgo cubierto por el seguro, el dueño del árbol no es responsable, pero si el árbol estaba visiblemente dañado o en descomposición, el dueño podría ser responsable.