La ley permite que el propietario de un piso alquilado tenga una copia de las llaves, siempre y cuando no entre en la vivienda sin permiso de los inquilinos. El artículo 21 de la Ley de Arrendamientos Urbanos establece que el arrendatario debe informar al arrendador de cualquier necesidad de reparaciones y permitirle verificar el estado de la vivienda. El artículo 18.2 de la Constitución estipula que el domicilio es inviolable y que no se puede entrar sin consentimiento del titular. En caso de entrar sin permiso, el propietario cometería allanamiento de morada, un delito penado con entre 6 meses y 2 años de cárcel. El propietario no tiene derecho al uso y disfrute de la vivienda mientras esté alquilada, y solo puede acceder con autorización de los inquilinos. La ley protege los derechos de los inquilinos y establece límites claros para los propietarios.