
El Tribunal Supremo ha confirmado la decisión del juez Pablo Llarena de no aplicar la amnistía al delito de malversación al expresidente catalán Carles Puigdemont y sus exconsejeros Toni Comín y Lluís Puig. La decisión se basa en la interpretación de la ley de amnistía, que establece una excepción para el delito de malversación cuando se actúa con un propósito de beneficio personal de carácter patrimonial. El Supremo considera que la decisión de Llarena no contraviene la literalidad de la ley y que la interpretación efectuada tiene sólido asidero en la interpretación de los términos literales de la ley.