El Tribunal Superior de Justicia de Extremadura ha confirmado una sentencia que declara improcedente el despido de un trabajador que participó en una prueba de 'fitness indoor' estando de baja médica. El trabajador, que padece espondiloartrosis lumbar y un trastorno de ansiedad generalizado, se desplazó a Valencia para participar en la competición en octubre de 2023. La empresa, Extremadura Avante, lo despidió tres meses después, en enero de 2024, tras conocer su participación en la prueba. Sin embargo, la sentencia del Juzgado de lo Social 5 de Badajoz, que fue ratificada por el TSJEx, considera que el trabajador tenía recomendado por su facultativa la práctica de actividad deportiva pautada y que su participación en la prueba no suponía una incompatibilidad con su baja médica. Por lo tanto, la empresa deberá indemnizar al trabajador con 38.000 euros. La sentencia destaca que las cargas y volúmenes de trabajo asignadas a la modalidad del evento en que participó el trabajador no eran superiores a las cargas y volúmenes de entrenamiento que realizaba bajo la supervisión de su fisioterapeuta.