El Tribunal Superior de Justicia de Balears ha reconocido el derecho de una menor a recibir enseñanza de religión islámica en la escuela pública y concertada. La sentencia se basa en el artículo 27.3 de la Constitución y en el Acuerdo de Cooperación entre el Estado y la Comisión Islámica de España. La Administración tiene la obligación de ofrecer enseñanza religiosa en la escuela pública, con carácter voluntario para los alumnos. La resolución estima parcialmente el recurso de la familia de dos menores que estudian en infantil y primaria. La sentencia señala que el silencio de la Administración autonómica vulneró los derechos fundamentales de la niña al ignorar la solicitud y no ofrecer alternativa alguna para acceder a dicha enseñanza. El acuerdo de 2019 entre la Conselleria de Educación y la Comisión Islámica de España permitía impartir clases en un máximo de diez colegios públicos, pero expiró en septiembre de 2023 y no ha sido renovado. La falta de profesorado especializado es uno de los problemas que afectan a la implementación de este derecho, con solo 106 profesores que impartían la asignatura de religión islámica frente a los más de 312.500 alumnos musulmanes que estudian en España.