
El Ministerio de Trabajo recuerda que los trabajadores que no puedan desplazarse a la oficina o desempeñar su labor debido al apagón masivo en España, excepto en las Islas Canarias y Baleares, Ceuta y Melilla, cuentan con un permiso retribuido. La vicepresidenta segunda, Yolanda Díaz, introdujo este permiso en el Estatuto de los Trabajadores el año pasado, que se recoge en el artículo 37, apartado 3, letra g), y establece que los trabajadores pueden ausentarse del trabajo con derecho a remuneración hasta cuatro días por imposibilidad de acceder al centro de trabajo o transitar por las vías de circulación necesarias para acudir al mismo.